En la actualidad el mundo de la publicidad se encuentra muy desarrollado, aun así, existen muchos ámbitos legales que todavía la gente y los clientes desconocen, por ello, es muy importante comprender bien el principio de publicidad en el proceso penal.
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Principio de publicidad en el proceso penal
Cuando nos referimos al principio de publicidad en el proceso penal, estamos hablando delas actuaciones jurídicas que se llevan a cabo en distintos procesos, y que nos ayudarán a distinguir por un lado, la publicidad de las acusaciones procesales en trámite, es decir, aquellas que van a tener que llegar hasta el órgano judicial en la audiencia pública, y, por otro lado, la publicidad procesal relacionada con el derecho a la información y el acceso a aquellas actuaciones procesales ya finalizadas, como son las sentencias que podemos encontrar tanto en libros como en archivos o registros judiciales.
En conclusión, es muy importante contar en el ámbito de la publicidad con el conocimiento legal sobre el princio de publicidad en el ámbito penal : “El principio está dirigido a garantizar la transparencia, imparcialidad y la rectitud en la administración de justicia, y en lo que consiste y se traduce es en permitir que cualquier persona que lo desee pueda asistir y presenciar la realización de los actos procesales”, art. 138.
¿Qué es el proceso penal?
Una vez hemos comprendido el principio de publicidad en el proceso penal, es de suma importancia conocer también a qué nos referimos cuando hablamos de proceso penal.
El proceso penal será aquel tramitado ante una autoridad judicial, regido por la LECRIM, teniendo como principal objetivo el realizar un juicio sobre distintas acciones u omisiones, teniendo como meta determinar si son o no constitutivas de un delito conforme al Código Penal, llegando así a la condena o absolución de aquellas personas que han sido acusadas de dicho delito, salvando dichos condenados si en la fase de instrucción o preparación del juicio, se proceda el archivo o sobreseimiento del proceso, realizando aquel pronunciamiento que proceda respecto a las consecuencias civiles indemnizatorias.
Evolucion del principio de publicidad en el proceso penal
Cuando hablamos del término publicidad debemos destacar su hisotircidad y anfibología, es decir, su historia está relacionada en distintas fases en el tiempo así como con distintos contextos culturales similares.
Por tanto, podríamos definirla como aquella percepción inmediata de unas actuaciones verificadas a través de un tribunal por personas que no forman parte del mismo.
Aquella publicidad para las partes o publicidad interna, dará lugar a que todo cuanto actúa el juez o tribunal y la parte contraria sea reconocido como “ope legis”, es decir, Por Ministerio de la Ley, por la primera parte. Por otro lado, cuando nos referimos a publicidad en general, hacemos referencia a un grupo gigante, que ni si quiera podemos acotar, pero que no está realmente interesado en el proceso. Este tipo de publicidad podemos verla manifestada en dos formas distintas como son:
- La publicidad inmediata. Este tipo de publicidad supondrá una percepción directa de todos los actos procesales a través del público.
- La publicidad mediata. Este tipo de publicidad tendrá lugar por vía indirecta, es decir, siempre se realizará a través de un intermediario como pueden ser la radio, la prensa o la televisión.
Como ya hemos mencionado anteriormente, la publicidad para las partes va a quedar fuera de todo ámbito de la publicidad procesal, es decir, estará mucho más relacionada con el derecho de defensa, con el carácter contradictorio o con el principio de igualdad de armas. Esto va a dar lugar a que todas las partes conozcan las actuaciones procesales para así poder generar una defensa eficaz. Por tanto, hemos de tener en cuenta que el Tribunal Constitucional ha llevado a cabo este concepto estricto de publicidad al residencia en el derecho constitucional de defensa pero no en el derecho a un proceso público.
Cuando hablamos de publicidad procesal, hablamos de una manera muy amplia de percepción directa de las actuaciones judiciales ante el tribunal. Este v a ser un principio que supondrá la oralidad e inmediación, los cuales estarán implícitos en la publicidad de los juicios. Cuando usamos la expresión de publicidad de justicia, nos referimos a un conjunto de medios que permitirán al público, estar bien informado de la existencia de una defensa jurisdiccional. Es decir, la publicidad externa estará internamente relacionada con la publicidad judicial, haciéndose efectiva a través de la presencia material del público o ante el tribunal.
Existen una serie de intereses diversos que actúan en el principio de publicidad en el proceso penal los cuales se enrentarán en multiles situaciones de conflicto, como son:
- El interés el Estado en administrar justicia libre.
- El interés del individuo en que se respete su vida privada.
- El interés de la opinión publica en estar informada de todos los hechos sociales.
- El derecho a formarse en una opinión propia y expresarla libremente.
A través de esta serie de intereses podemos ver como se pone de manifiesto el principio de publicidad en el proceso penal, dependiendo de las distinas perspectivas que lo contemplemos.
La publicidad será traducida en una de las principales garantías de que la decisión judicial se adopte atendiendo sólo a aquellos criterios jurídicos reales.
Por otra parte, si vamos al punto de vista de los ciudadanos en general, el principio de publicidad en el proceso penal será considerado una garantía esencial para la sociedad democrática en la que vivimos, por tanto, la exigencia de la publicidad vendrá impuesta como una garantía en el funcionamiento de la justicia, y mucho más, expuesta como está a la opinión pública.
Por último, si tenemos en cuenta el punto de vista del Estado, la publicidad va a ser una forma esencial de prevención, siendo una manera real de transmitir a la sociedad aquellos mensajes institucionales sobre valoraciones sociales reconocidas en la ley, o la vigencia de las normas penales.
El derecho a un proceso equitativo en el principio de publicidad en el proceso penal
Una vez hemos mencionado, y, sobre todo, nos hemos introducido de lleno en la publicidad y su proceso penal, hemos de tener en cuenta el derecho equitativo en la publicidad.
El derecho equitativo en la publicidad va a ser una contrapartida por parte de una publicidad desmedida e incontrolada, siendo también una amenaza para la presunción de inocencia del inculpado, o, para aquellos derechos de la personalidad de los individuos. Podríamos mencionar algunos ejemplos como serían las campañas de publicidad violentas que estarían en contra de las garantías básicas del derecho al proceso equitativo previamente mencionado.
Si nos remontamos al origen del principio de publicidad, suele estar vinculado al liberalismo político, siendo Feuerbach, la persona que advirtió que era muy importante este principio como instrumento de protección del inculpado contra la arbitrariedad de una justicia secreta. Sin embargo, debemos tener en cuenta que el liberalismo en aquella época entendía el principio de publicidad como algo realmente restrictivo, siendo la publicidad una realidad concreta que realmente solo afectaría a aquellas personas presentes.
Posteriormente, la publicidad y el principio de publicidad ha ido evolucionando, es decir, ha perdido por completo su carácter únicamente concreto, evolucionando para todas aquellas personas, presentes, o no presentes, constituyendo un concepto de seguridad algo disminuido, siendo una publicidad de proceso, reflejando así una concepción dentro de la democracia.
Vinculación entre la publicidad procesal y la noción de Estado de Derecho
En la actualidad, El Tribunal Superior Europeo de Derechos Humanos, ha destacado que el principio de publicidad en el proceso penal está integrado con todas las garantías, siendo un elemento principal dentro del proceso equitativo y básico dentro de una sociedad democrática.
También cabe destacar que el principio de publicidad en el proceso penal está sustentado básicamente en tres pilares:
- Protección de las partes de una justicia que no esté llevada a cabo por el control público.
- Mantenimiento de la confianza dentro de la comunidad en los Tribunales.
- Evitar por todas las partes que aquella persona acusada se vea limitada respecto al derecho a su defensa desconociendo las actuaciones sumariales, y por ello, no poder aportar elementos de prueba que aclaren o desvanezcan las pruebas en su contra.
En conclusión la garantía de la publicidad ligada a la garantía de la imparcialidad del Poder Judicial, será un elemento esencial del derecho constitucional, por tanto, el derecho al proceso será un presupuesto del régimen liberal, habiéndose convertido así en un derecho fundamental sustancial.
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Por último, cabe mencionar que el principio de publicidad en el proceso penal se ha convertido hoy en día en una parte imprescindible dentro del proceso judicial, adoptando diferentes matices o clasificaciones, pero garantizando siempre sus derechos en igualdad de condiciones, aplicando también el principio de presunción de inocencia desde el momento uno en el cual surjan los hechos y sin haber dictado una sentencia condenatoria sobre ninguna de ambas partes.