Hoy en Comunicare vamos a hablar sobre la publicidad engañosa, abordando cuestiones básicas sobre esta práctica desleal que hoy en día es tan perseguida ¿en qué consiste la publicidad engañosa? ¿cuál es su objetivo? ¿qué ley la regula? A lo largo de este artículo te lo explicamos todo.
Índice de contenidos
¿En qué consiste la publicidad engañosa?
La publicidad engañosa es un tipo de publicidad que contiene información falsa sobre un determinado producto o servicio para confundir al público y cambiar su comportamiento como consumidor. Esta publicidad se lleva a cabo a través de afirmaciones falsas o exageradas que perjudican tanto al consumidor como a las empresas competidoras del sector.
A la hora de diseñar una campaña de publicidad las agencias tratan de destacar los aspectos y atributos del producto que más llamen la atención al consumidor potencial y de esta manera, aumentar el volumen de ventas. No obstante, si esto se hace de una manera desleal y se ponen en el foco de atención características que no corresponden con la realidad se está llevando a cabo una práctica ilegal que puede tener repercusiones muy negativas para una organización.
Por lo tanto, se puede afirmar que el objetivo de la publicidad engañosa es aumentar el volumen de ventas mediante el engaño cliente.
Origen de la publicidad engañosa
El concepto de publicidad engañosa nace en la segunda mitad del siglo XX, cuando la competencia y la expansión del consumo obliga a las organizaciones a encontrar nuevas formas de diferenciar sus productos y destacar en el mercado. Es aquí donde toman forma anuncios que exageran las propiedades y beneficios del producto con el objetivo de captar la atención del consumidor. Con la llegada de la globalización y el consumo masivo de productos estandarizados, este modo de crear publicidad se intensifica. El creciente descontento de los consumidores y la necesidad de proteger sus derechos provoca que las marcas y sus mensajes publicitarios empiecen a ser regulados por el derecho. Cualquier elemento ambiguo o incierto respecto a la compra, beneficio o promoción de un producto es penalizado por el derecho mercantil.
¿Cuándo se considera una publicidad como publicidad engañosa?
- Cuando induzca a error al destinatario como consecuencia de la presentación del mensaje.
- Cuando induzca a error al destinatario como consecuencia de la información que transmite el mensaje.
- Cuando induzca a error al destinatario como consecuencia de la omisión de información.
¿Cómo se regula la publicidad engañosa en España?
La Ley 34/1988, Ley General de Publicidad es la encargada de regular la publicidad engañosa. Esta ley indica que una publicidad tendrá el calificativo de “engañosa” cuando induce o puede inducir a error a sus destinatarios, afectando su comportamiento económico.
Según establece esta ley la falsedad tiene que provenir de alguno de estos elementos:
- El fabricante, productor, anunciante o distribuidor.
- Precio, es decir, si en el anuncio aparece un precio y luego se cobra otro precio diferente al consumidor.
- La descripción del bien o servicio, ya se refiera a las propiedades, beneficios, calidad, fabricación, destino, utilidades, especificaciones, resultados obtenidos, peligrosidad…
- Condiciones de compra, entrega de los productos, servicios posteriores a la compra…
La Ley General de Publicidad no solo penaliza aquella publicidad que haya producido un daño, sino también a aquella que puede producirlo. En los casos en los que existe un riesgo real, es posible que el delito se considere un delito de estafa (en el caso de que induzca a error a los consumidores y que el daño cause una pérdida del bienestar económico), un delito de daño (en el caso de que se dañen objetos de consumo como bienes muebles o inmuebles); o incluso delito de lesión (si el daño afecta a la integridad física del propio consumidor).
Ejemplos de publicidad engañosa
- Caso 1. Una famosa empresa de zapatillas lanzó unas nuevas deportivas que ayudaban a los usuarios a quemar calorías. Tras varios estudios e investigaciones de los expertos, se demostró que estas zapatillas no tenían ningún beneficio para la salud, incluso podían aumentar el riesgo de sufrir lesiones.
- Caso 2. Una conocida empresa dedicada a la fabricación de productos lácteos encareció el precio de su nuevo yogurt que prometía estar científicamente probado y contener ingredientes que regulaban la digestión. Este producto se vendió un 30% más caro que otros yogures de la misma marca. Este caso fue demandado y estudiado al ser considerado como publicidad engañosa. La empresa tuvo que pagar una multa y eliminar de sus anuncios la leyenda de “científicamente probado”.
- Caso 3. Una famosa empresa de comida rápida fue sancionada por llevar a cabo anuncios engañosos en los que se mostraban imágenes que no correspondían con la realidad. En las fotografías se mostraba el menú infantil con una porción de fruta, pero este menú no ofertaba ni incluía fruta de postre.
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